Organismos electorales

En el Estado de Nuevo León, las Elecciones son organizadas y vigiladas por ciudadanos.

 

La Constitución Política del Estado de Nuevo León y la Ley Electoral del Estado constituyen el marco legal del Sistema Electoral en nuestra entidad.

Nuevas Instalaciones a partir de Diciembre de 2005.
Nuevas Instalaciones a partir
de Diciembre de 2005.

La legislación electoral establece de manera específica el ejercicio de los derechos políticos ciudadanos; la constitución y funcionamiento de las organizaciones políticas; y la preparación, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral para la renovación de los poderes públicos del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Ayuntamientos). También rige las resoluciones de lo Contencioso Electoral.

De esta manera, la legislación electoral es el marco jurídico en el que se sustenta el ejercicio de la renovación de los puestos públicos. De acuerdo con lo en ella establecido, los Organismos Electorales son:

Con excepción de las Mesas Directivas de Casilla, el resto de los organismos mencionados son integrados mediante convocatoria pública, con el fin de que sean los ciudadanos quienes participen en la conformación de las instituciones encargadas de organizar y vigilar las elecciones.

La Comisión Estatal Electoral (CEE) es un organismo público independiente, autónomo y de carácter permanente, que organiza y vigila las elecciones para Gobernador, Diputaciones Locales y Ayuntamientos.

El objetivo de la Comisión Estatal Electoral es promover el desarrollo democrático en Nuevo León, fungir como autoridad responsable de garantizar la democracia electoral a través de la preparación, organización y vigilancia de los procesos electorales, así como coadyuvar al fortalecimiento de la cultura cívicopolítica de los ciudadanos.

La Comisión Estatal Electoral se integra por siete Comisionados Ciudadanos como Cuerpo Colegiado y cuenta además con el apoyo de personal profesional administrativo y técnico adscrito a la Coordinación Técnica.